Reglamento de trabajos de pasaje de curso y seminarios



Reglamento de trabajos de pasaje de curso y seminarios

(Aprobado por el Consejo de Facultad el 27/2/91. Repartido Nº 17/91).

Artículo 1º.

Se entiende por Informe aquel trabajo que da cuenta de la elaboración de un proyecto de investigación, refleja los resultados parciales alcanzados en determinada etapa del mismo, o adelanta un aporte, también parcial, al mismo.A vía de ejemplo, y sin que suponga enumeración taxativa, el informe podrá asumir alguna de las siguientes modalidades:

a) una bibliografía comentada o una guía bibliográfica introductoria a un tema determinado, consistiendo la tarea en
seleccionar los libros pertinentes y analizar su contenido en función del tema propuesto. Las referencias sobre las obras
mencionadas deberán incluir algún juicio crítico, además de una somera caracterización descriptiva;
b) una selección de artículos de revistas, debidamente comentados, sobre un tema específico;
c) un ejercicio sobre la base de un temario propuesto, que evidencie el manejo de la bibliografía accesible y agregue las
reflexiones personales del alumno;
d) una lectura crítica de un texto en cuanto sustento de una posición teórica o metodológica, o en cuanto fuente;
e) entrevistas a investigadores, realizadas a partir de un cuestionario dado, analizando las respuestas del investigador elegido
o cotejándolas con las de algunos de sus colegas;
f) un informe de relevamiento, incluyendo a través del manejo de fuentes la identificación de elementos que sirvan de base
para la investigación y realizando propuestas de categorización o tipología de los mismos;
g) una encuesta simple, de carácter demográfico o de opinión sobre temas que configuren partes integrantes de un proyecto de
investigación;
h) reportajes de historia oral, que puedan recoger información directa sobre organizaciones sociales, procesos institucionales, modalidades culturales, opiniones generacionales, etcétera;
i) estudio de un periódico o una revista como fuente informativa y como testimonio de una tendencia o concepción
(ideológica, estética, étnica, etcétera) en relación a un tema circunscripto;
j) recolección de canciones populares, aforismos, refranes, etcétera, conformando repertorios ordenando temáticamente;
k) comentarios de textos pertenecientes a protagonistas de determinados acontecimientos, analizando sus contextos y
significación intrínseca;
l) elaboración de un proyecto de investigación que dé cuenta fundamentada de las etapas señaladas en los literales a), b), c) y
d) del Art. 2º.

Artículo 2º

Se entiende por Monografía un trabajo en que se aborda, con adecuada elaboración científica, un tema en
especial, correspondiente a una disciplina específica o a un marco interdisciplinario.
El cumplimiento del requisito de adecuada elaboración supone el desarrollo de las siguientes etapas:
a) elección de un tema particular;
b) relevamiento bibliográfico y de fuentes;
c) planteamiento de hipótesis significativas;
d) elaboración de un plan que ordene los problemas a investigar;
e) redacción del corpus de la monografía, donde se expone y analiza el tema y se presentan las conclusiones.
Toda monografía incluye notas de referencia, que remiten a las fuentes empleadas y agrega asimismo un repertorio bibliográfico donde se enumeran las obras utilizadas en el curso del trabajo.

Artículo 3º.

Se entiende que en un curso curricular se realiza labor de Seminario cuando se dedica una parte sustancial de su carga horaria a promover y desarrollar una tarea de investigación colectiva (docentes-estudiantes) en torno a un tema determinado específico.
La metodología del seminario supone por lo pronto la disponibilidad de un repertorio bibliográfico y de fuentes, que es elaborado por la parte docente; asimismo, la organización de grupos de trabajo, integrados por alumnos que tienen a su cargo el relevamiento de las fuentes disponibles y su presentación en sesiones periódicas, donde cada grupo informa acerca del material recogido, tarea en la que participa el resto de la clase mediante preguntas y comentarios.

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Reglamento de asistencias y aprobación de cursos



Reglamento de asistencias y aprobación de cursos

(Aprobado por el Consejo de Facultad el 3/10/90 y modificado el 6/3/91; 5/8/92 y 26/5/93).

De la asistencia a los cursos

Art. 1º. La asistencia a los cursos exclusivamente teóricos no es obligatoria. Los mismos se ganan mediante dos pruebas
parciales de conocimiento, en las cuales el estudiante debe obtener como promedio la calificación 3, pudiendo tener sólo en una
de ellas la calificación mínima de 2. Una calificación inferior a 2 implicará la pérdida del curso.
El estudiante podrá solicitar una tercera prueba parcial, que será considerada de recuperación de aquella en la que obtuvo
una calificación insuficiente.
Art. 2º. La asistencia a los cursos de las materias que incluyen clases prácticas (trabajo de laboratorio, seminario, salidas de
campo, talleres) es obligatoria, debiendo el estudiante registrar como mínimo un 75% de asistencia al total de las prácticas
dictadas.
Es asimismo obligatoria la realización correcta de las actividades correspondientes a las clases prácticas.
Art. 3º. Se consideran prácticos los cursos que tienen vinculación directa con la enseñanza de las prácticas de investigación
y los de Latín y Griego. La asistencia a estos cursos es obligatoria, debiendo el estudiante registrar como mínimo un 75% de
asistencia al total de las clases dictadas.

De la aprobación de los cursos

Art. 4º. Los cursos se aprueban por alguna de las modalidades siguientes:
a) examen final;
b) trabajo de pasaje de curso;
c) pruebas parciales.

Del examen

Art. 5º. El examen final versará sobre el contenido total del programa vigente.
Art. 6º. Habrá tres períodos ordinarios de exámenes: febrero, julio y diciembre; pudiendo el Consejo disponer dos períodos
extraordinarios: en la última semana de los meses de mayo y de octubre.
Art. 7º. La Sección Bedelía estructurará los calendarios de exámenes en consulta con la Comisión Asesora del Area
respectiva.
Art. 8º. La inscripción para rendir examen deberá hacerse hasta una semana antes de la fecha fijada por Sección Bedelía.
Art. 9º. El estudiante que no se haya inscripto para rendir examen no podrá presentarse ante el Tribunal correspondiente, el
que incurrirá en falta grave si procede a tomar la prueba fijada a quien no figure en las actas elaboradas por la Sección Bedelía.

Del trabajo de pasaje de curso

Art. 10º. El trabajo de pasaje de curso podrá adoptar la modalidad de una monografía, un informe o un conjunto de
ejercicios.
Art. 11º. Cuando el trabajo de pasaje de curso adopte la modalidad de una monografía o un informe, el tema sobre el que
versará será fijado de común acuerdo entre el docente del curso y el estudiante, quedando registrado en la libreta de asistencias.
Art. 12º. Sin perjuicio que las fases preparatorias de trabajos de pasaje de curso que impliquen labor de investigación o de
exposición crítica de conocimientos, puedan ser realizadas individual o colectivamente, sólo se considerará a los fines de la
aprobación de cursos, la presentación de trabajos individuales o partes sustantivas de trabajos colectivos con autoría individual
de cada estudiante.

De las pruebas parciales

Art. 13º. El Consejo de Facultad, a propuesta de la Comisión Asesora del Area o Instituto correspondiente, podrá resolver
para cada una de las materias de cada Licenciatura, que los exámenes finales puedan sustituirse (sin perjuicio del derecho por
parte del estudiante a rendir examen final) por dos pruebas parciales con una eventual tercera a solicitud del estudiante. En el
caso de esta tercera opción la prueba parcial será considerada de recuperación de aquella en la que el estudiante obtuvo una
calificación insuficiente.
La obtención de una calificación promedio de 6 con una calificación mínima de 4 en cualquiera de las pruebas, sustituirá al
examen a los efectos de la aprobación del curso.
Toda calificación parcial menor conducirá al examen final.

De los tribunales

Art. 14º. El Tribunal encargado de juzgar trabajos de pasaje de curso, pruebas parciales o exámenes, estará integrado por
tres miembros titulares y un suplente, los que serán designados por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano y con
asesoramiento de los Coordinadores de Institutos o Areas.
Art. 15º. El Tribunal será presidido por el docente que haya dictado el curso o, en su defecto, por el Director o Encargado de
la Dirección del Servicio docente respectivo.
Art. 16º. Integrarán tribunales sólo los docentes de grados 2, 3, 4 y 5.
Art. 17º. No podrán formar parte de Tribunales examinadores los docentes que revistan la calidad de estudiantes de la misma carrera a la que corresponda el curso cuyo examen se rinde.
Art. 18º.Los integrantes del Tribunal dispondrán de un plazo máximo de quince días para la evaluación de pruebas parciales,
y de treinta días para la evaluación de exámenes y trabajos de pasaje de curso (informes o monografías). Estos plazos se podrán
prorrogar, a solicitud fundada del mismo Tribunal, por cinco y quince días respectivamente.
Art. 19º. Si el Tribunal no pudiere realizar la evaluación de un trabajo de pasaje de curso, prueba parcial o examen, en razón
de la irreductible incompatibilidad de criterios de sus integrantes, se integrará ipso facto con el miembro suplente, estándose a
lo que dictamine la mayoría absoluta de componentes del mismo.
En caso de que el Tribunal así integrado no arribara a un fallo en los lapsos previstos en el artículo 18, el servicio
administrativo correspondiente, mediante expediente, deberá poner el hecho en conocimiento del Decano, a los efectos de la
designación de un Tribunal ad hoc.

De las actas

Art. 20º. Las actas registrando el resultado de la modalidad de aprobación de curso de que se trate serán elaboradas por la
Sección Bedelía sobre la base de la nómina de estudiantes inscriptos y habilitados para examen o de los que presentaran trabajo
de pasaje de curso, según nómina proporcionada en este caso por el servicio administrativo del Area o Instituto correspondiente.
Art. 21º. En caso de las pruebas parciales a que hace referencia el artículo 13º, se labrarán actas provisionales por cada
prueba parcial, las que se adjuntarán al acta definitiva en la que se registrará el promedio que habilita la aprobación del curso.
Art. 22º. Las actas se labrarán por triplicado, quedando un ejemplar, sellado por la Sección Bedelía, archivado en el
servicio docente al que corresponda el curso.
Art. 23º. Las actas deberán ser cerradas y firmadas en reunión celebrada al efecto de realizar la evaluación, por los tres
miembros del Tribunal, con aclaración de firma

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Bedelía de grado Futuros Estudiantes Requisitos de Ingreso



Los estudiantes uruguayos deberán presentar:

  • Pase de secundaria (fórmula 69A o 69B con sólo una materia previa hasta el período de abril, esto no corresponde para el período de inscripciones de julio); o bachillerato tecnológico de UTU; o título de la Universidad de la República, IPA, INET o Magisterio (original y fotocopia). A partir del año 2022 los y las estudiantes de ANEP que culminan secundaria y UTU, podrán solicitar en su centro educativo que se registre su egreso en el sistema informático de ANEP. En ese caso no es necesario que adjunten o entregen  la Fórumla 69A o B o el certificado de egreso que expide UTU.  Quienes provengan de enseñanza privada, Liceo Mitlitar y Liceo Policial, deberán solicitar  en la institución la Fórmula 69A o B dirigida a la Udelar y adjuntarla en plataforma de inscripciones o presentarla en el momento de la incripción presencial.
  • Cédula de identidad (original y fotocopia).
  • Carné de salud vigente.
  • Una foto tipo carné

* Aquellas personas que ya se hayan inscripto en otra facultad de la Udelar en algún momento de su vida, podrán inscribirse presentando sólo la cédula de identidad y el carné de salud.

 

Para estudiantes extranjeros:

Ver Información

 

Reglamento



Nuevo Reglamento de Estudios de Grado

Reglamento de Estudios de Grado de FHCE

 

Otros reglamentos importantes

Reglamento que atiende los casos relativos a acciones de plagio u otros actos fraudulentos

 

Reglamentos anteriores

Reglamento de asistencias y aprobación de cursos

(Aprobado por el Consejo de Facultad el 3/10/90 y modificado el 6/3/91; 5/8/92 y 26/5/93).

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Reglamentos de trabajos de pasaje de curso y seminarios

(Aprobado por el Consejo de Facultad el 27/2/91. Repartido Nº 17/91)

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Bedelía de grado Estudiantes Boletos Urbanos



La Udelar envía centralmente la lista de todos los habilitados a la Intendencia de Montevideo, quien actualiza luego los puestos de venta.

El Consejo Ejecutivo Delegado de la Universidad de la República en sesión ordinaria de fecha 17 de diciembre de 2007
(Exp. s/n) – Atento a lo propuesto por el Pro Rectorado de Gestión Administrativa, establecer el siguiente criterio general, que será aplicado por el Sistema de Bedelías, a efectos de generar la nómina de estudiantes de la Universidad de la República habilitados a obtener boletos bonificados, a remitir a la Intendencia Municipal de Montevideo:
> Tienen derecho a obtener boletos bonificados los estudiantes que cumplan el siguiente criterio:

Estudiante de grado o de intercambio estudiantil que cumpla alguna de las condiciones:

  1. es generación nueva
  2. es estudiante activo (estudiante con cursos aprobados y/o examen rendidos 2 años atrás a la fecha) que tengan además algún curso, examen o inscripción en el año actual o anterior.

Quedan excluidos los estudiantes suspendidos por cualquier causa (excepto por deber libros en Biblioteca) y los estudiantes por cortesía diplomática.

> Fuente: Página del Sistema de Gestión de Bedelías – SeCIU (Boletos)

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Bedelía de grado Calendario



Calendario 2022

 

INSCRIPCIONES DE INGRESO A FACULTAD:

PERÍODO FEBRERO: 07/02/2022 al 25/02/2022
PERÍODO JULIO: 11/07/2022 al 22/07/2022
____________________________________________________________________

SEMESTRE IMPAR: 14/03/2022 al 09/07/2022

CURSO: INT. A LA VIDA UNIVERSITARIA
(OBLIGATORIO GEN. INGRESO)

DEL 07/03/2022 AL 11/03/2022


INSCRIPCIONES A CURSOS DEL SEMESTRE IMPAR

POR INTERNET DEL: 07/02/2022 al 03/03/2022

INSCRIPCIONES A CURSOS DE LENGUA

POR FORMULARIO WEB DEL: 14/02/2022 al 03/03/2022


ESTUDIANTES CON PROBLEMAS CON EL SISTEMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ENSEÑANZA O QUE NO LES FIGUREN LAS MATERIAS PARA INSCRIBIRSE DEBERÁN ENVIAR UN MAIL A bedelia@fhce.edu.uy.

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SEMESTRE PAR: 08/08/2022 al 26/11/2022

CURSO: INTRODUCCIÓN A LA VIDA UNIVERSITARIA
(OBLIGATORIO GEN. INGRESO)

DEL 01/08/2022 AL 05/08/2022


INSCRIPCIONES A CURSOS DEL SEMESTRE PAR:

POR INTERNET DEL: 11/07/2022 al 26/07/2022

INSCRIPCIONES A CURSOS DE LENGUA

POR FORMULARIO WEB DEL: 11/07/2022 al 26/07/2022

ESTUDIANTES CON PROBLEMAS CON EL SISTEMA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ENSEÑANZA O QUE NO LES FIGUREN LAS MATERIAS PARA INSCRIBIRSE DEBERÁN ENVIAR UN MAIL A bedelia@fhce.edu.uy.


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EXÁMENES
PERIODOS ORDINARIOS

FEBRERO
JULIO
DICIEMBRE

PERIODOS DE EXAMENES EXTRAORDINARIOS

MAYO
OCTUBRE

Febrero  del    07/02/2022 al 26/02/2022
Julio  del    19/07/2022 al 06/08/2022
Diciembre  del    05/12/2022 al 22/12/2022

 

PERIODOS DE EXÁMENES EXTRAORDINARIOS

Mayo  del    23/05/2022 al 28/05/2022
Octubre  del    24/10/2022 al 29/10/2022

 

Ver calendario 2021

Bedelía de grado Preguntas frecuentes



P- ¿Cuál es el nombre de la decana de la Facultad?

R- Ana Frega


P- ¿Cuales son los requisitos de ingreso?

R- Requisitos de ingreso


P- ¿Se puede presentar pase de otra Facultad?

R- Si ya es estudiante de otra Facultad de la Universidad de la República puede inscribirse con su clave directamente en el sistema de gestión de las bedelías. Si no tiene la clave debe solicitarla en la bedelía de la facultad en que se encuentra inscripto.

P- ¿Existe límite de edad?

R- No

P- ¿Existe examen de admisión?

R- Únicamente en la carrera de Tecnólogo en interpretación y traducción LSU-español.

P- ¿Cómo se realiza la inscripción para boletos?

R- Para el usufructo del beneficio de boletos de estudiante urbanos o de zona metropolitana no es necesario inscribirse, es automático. Para abonos de servicios interdepartamentales deberá solicitar la constancia en el sistema de autogestión del sistema de bedelías, en la parte de certificados.

P- ¿Quién puede sacar boletos de estudiante?

R- La generación que ingresa a Facultad y todos los estudiantes que tengan alguna actividad (curso ganado o examen aprobado) en los últimos 2 años y además esté inscripto para cursar alguna materia en el año en curso.

P- ¿Existe límite de edad para sacar boletos de estudiante?

R- Para los boletos urbanos no existe límite.

P- ¿Como obtengo la escolaridad?

R- Los estudiantes pueden imprimir su escolaridad desde la web, desde el Sistema de Gestión de Administración de la Enseñanza. La escolaridad contiene un código de verificación por el cual otras personas pueden verificar que es original. El interesado debe autorizar desde la misma web para que puedan verificarla ingresando a datos personales.

Excepto en los casos siguientes:

a) Que el estudiante pertenezca a planes de estudio no ingresados en el sistema;

b) Que solicite un Certificado de Estudio con Programas;

En estos casos debe solicitarla en la bedelía.

P- ¿Bedelía debe firmar las escolaridades emitidas por el sistema de autogestión web?

R- No es necesario dado que las mismas tienen un código de verificación.

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Enseñanza Licenciaturas Licenciatura en Ciencias Antropológicas Previaturas del Plan 1991



Sistema de Previatura del plan 1991
En general, las licenciaturas poseen como previatura en común (exceptuando las Licenciaturas en Turismo y Filosofía plan 2010) el Semestre Básico Común (primer semestre) aprobado para estar habilitado a cursar asignaturas del tercer semestre (inclusive) en adelante y poseer la aprobación de un Idioma de Comprensión Lectora para estar habilitado a cursar asignaturas del quinto semestre (inclusive) en adelante.
Referencia
G se refiere a la ganancia del curso (poseer el derecho a dar el examen)
A se refiere a la aprobación de la asignatura.
Sistemas de previaturas de la licenciatura en Antropología
En general las previaturas son curso a curso y examen a examen a no ser que se especifique lo contrario.
Tercer Semestre
Para Etnología General Antropología Biológica Prehistoria Americana
Cursarla Intr. a la Antropología G Intr. a la Antropología G Intr. a la Antropología G
          Prehistoria General G
Aprobarla Intr. a la Antropología A Intr. a la Antropología A Intr. a la Antropología A
          Prehistoria General A
Cuarto Semestre
Para Antropología Social Teoría Antropológica I Metodología Antropológica
Cursarla Etnología General G Intr. a la Antropología G Etnología General G
  Intr. a la Lingüística G        
Aprobarla Intr. a la Antropología A Intr. a la Antropología A Intr. a la Antropología A
Quinto Semestre
Para Prehistoria y Etnohistoria de la Cuenca del Plata Teoría Antropológica II  
Cursarla Prehistoria Americana G Etnología General G    
      Teoría Antropológica I G    
Aprobarla Prehistoria Americana A Etnología General A    
      Teoría Antropológica I A    
Sexto Semestre
Para Antropología Económica y Política Técnicas de Investigación (en Arqueología o en Antropología Social)
Cursarla Etnología General G Metodología Antropológica G
Aprobarla Etnología General A Metodología Antropológica A
Séptimo Semestre
Para Taller I en Arqueología Taller I en Antropología Social y Cultural  
Cursarla Técnicas de Investigación en Arqueología G Técnicas de Investigación en Antropología Social y Cultural G    
  Metodología Antropológica A Metodología Antropológica A    
  Teoría Antropológica II G Teoría Antropológica II G    
  Antropología Biológica A Antropología Social A    
Aprobarla Técnicas de Investigación en Arqueología A Técnicas de Investigación en Antropología Social y Cultural A    
  Metodología Antropológica A Metodología Antropológica A    
  Teoría Antropológica II A Teoría Antropológica II A    
  Antropología Biológica A Antropología Social A    
Octavo Semestre
Para Sistemas Socioculturales de América Taller II (en Arqueología o en Antropología Social)
Cursarla Etnología General G Taller I en Arqueología o en Antropología Social (Según Corresponda) A
Aprobarla Etnología General A Taller I en Arqueología o en Antropología Social (Según Corresponda) A

 

Enseñanza Licenciaturas  Licenciatura en Ciencias de la Educación Plan de estudios Previaturas



Resolución del Consejo sobre previaturas de la Licenciatura en Educación 2020

Enseñanza Licenciaturas  Licenciatura en Ciencias Históricas Plan de estudios Previaturas



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