Presentación del proyecto

Las cárceles de mujeres han sido tradicionalmente estudiadas en el Uruguay aisladamente, buscando en la mayoría de los trabajos visibilizar las particularidades de la privación de libertad en las subjetividades, la preeminencia de los estereotipos de género en el tratamiento carcelario (fundamentalmente en lo que se vincula al trabajo y a la educación), destino y futuro de los/as hijos/as de las mujeres privadas de libertad, entre otros elementos sobre los que se ha producido conocimiento  específico. Constituye un desafío pensar la prisión como fenómeno desde una perspectiva de género. Esto implica que cuando hablemos de la cárcel desde un punto de vista teórico, no recurramos a nociones androcéntricas desde las que se analizan las instituciones tradicionalmente. 

Investigar sobre las continuidades y diferencias en los métodos punitivos utilizados en el Uruguay, específicamente en la privación de libertad entre mujeres, constituye un aporte no sólo a los estudios de género nacionales, sino también al análisis de las políticas públicas.

El crecimiento constante del índice de personas privadas de libertad por habitante ha aumentado junto a la multiplicación del interés por el tema. Al 1º de marzo de 2005, el número de personas privadas de libertad era de 7000; según datos del  Ministerio del Interior, a mayo del presente año la cifra alcanza a 9.786 personas. Dentro de la población reclusa las mujeres han aumentado en número, creciendo en forma exponencial en comparación con los hombres. En 1998 había 22 hombres privados de su libertad por cada mujer, en 2010 eran 11 los hombres recluidos por cada mujer presa. (Vigna; 2012: 18) 

En lo que respecta a las personas privadas de libertad, tradicionalmente se ha pensado y se han diseñado políticas dirigidas a esta población en clave masculina. El androcentrismo en el tratamiento de las personas privadas de libertad (tanto desde lo político, como desde lo académico), se ha sustentado -según algunos argumentos- en el bajo número de mujeres privadas de libertad. El gran aumento del número de mujeres privadas de libertad desarrollado en los últimos años, ha llevado a que este sector de la población reclusa haya dejado de ser completamente invisible. (Antony; 2000) Esto ha mostrado la necesidad que se piense en políticas específicas y también, ha llevado a  conocer sus condiciones particulares (Lechner; 2002). 

Como se consignó, estamos en lo últimos años frente a una variación en la política criminal hacia las mujeres. Se hace necesario entender las causas de este fenómeno, las consecuencias en la vida social, las posibles variaciones en las políticas carcelarias implementadas o a implementar. Especialmente en el marco de la reforma establecida por la creación del Instituto Nacional de Rehabilitación, a través de la ley No. 18.719, aprobada en diciembre de 2010.

Considerar las experiencias carcelarias a partir de la perspectiva de género, nos aproximará a circunstancias que parecen más claramente no circunscribirse a la vida intramuros. La prisión prolongada representa un corte vital que impacta en forma diferencial en mujeres y hombres, la constitución de su identidad carcelaria y de sus proyectos de vida durante la privación de libertad y ante la excarcelación deben ser considerados. No existe una política criminal con perspectiva de género en el país. 

Pensar la actualidad de la cárcel en nuestro país debe incluir la consideración de las continuidades y discontinuidades históricas. La cárcel como institución genera lógicas de acción y de producción simbólica por lo que es necesario abordar su comprensión atendiendo a una multiplicidad de factores históricos, sociales y culturales.

El devenir de las prácticas autoritarias características del terrorismo de Estado en Uruguay nos plantea una interrogante sobre las formas de análisis necesarias a la hora de abrir la reflexión y el debate sobre la cárcel en nuestro país hoy. Vinculamos el aumento de la privación prolongada y sistemática de la libertad como respuesta a la trasgresión de la ley, a una lectura que incorpore al análisis, efectos y afectaciones del rol que jugó el encarcelamiento durante el terrorismo de Estado. La restauración democrática no supuso una mirada crítica hacia la institucionalidad del pasado reciente, sino que por el contrario se retornó al relato de la excepcionalidad sin un pasado reciente que los condene. Esta narración permite preservar un campo criminal latente a la vez que los miedos siguen siendo utilizados como instrumentos de disciplinamiento social. 

Abordar las relaciones vinculantes entre la represión masiva del terrorismo de Estado, la transición democrática y el presente, se integra a los desarrollos vigentes que postulan diversos autores (Calveiro, Wacquant, de tradición foucaultiana), quienes adhieren a la postura crítica que señala la profundización del carácter punitivo del Estado. 

En la prisión política y en la actualidad de las prácticas punitivas, el género de las presas y los presos determina especificidades tanto del padecimiento como de las narrativas que se producen sobre la experiencia, impactando no sólo en el ámbito intra carcelario, sino en las relaciones familiares y  micro sociales. Es por eso que se recurre a la perspectiva de género para decodificar las relaciones de Poder y de la producción de subjetividades.  

Ante las dificultades de la realidad carcelaria en nuestro país creemos que debemos apostar por reflexionar sobre el cumplimiento de un marco mínimo de respeto de los derechos de las personas privadas de libertad. Es el marco de los Derechos Humanos el que mediante diversos instrumentos y mecanismos puede y debe garantizar el respeto de los derechos de las personas prisionizadas, atendiendo a sus necesidades diferenciadas y por lo tanto visibilizadas.  Las obligaciones del Estado uruguayo de promover, respetar y garantizar los derechos humanos de estas personas están vigentes. Cuando una persona es privada de libertad sus demás derechos humanos permanecen y esto no es percibido por la sociedad en general y tampoco por muchos agentes del sistema, que son quienes deben garantizarlos.

  En este sentido, nos proponemos: 

1-  Analizar las prácticas autoritarias características del terrorismo de Estado en Uruguay, a partir del dispositivo de la prisión prolongada.

2. Analizar  la ley No. 17897 conocida como Ley de humanización de Cárceles y las siguientes normas vinculadas en el período 2005-2014.

3- Analizar la cárcel en nuestro país como un espacio de vulneración de Derechos Humanos, con perspectiva de género, visualizando las continuidades y cortes con respecto a las prácticas punitivas durante la dictadura. 

4. Analizar la prisión prolongada a través de producciones subjetivas surgidas de las experiencias de trabajo en cárcel de mujeres.

5- Elaborar una breve guía de procedimientos legales y recursos para personas privadas de libertad desde una perspectiva de género y Derechos Humanos

6- Organizar un seminario dirigido principalmente a todos los actores intervinientes en el dispositivo carcelario, (especialmente operadores políticos, legisladores, jueces, fiscales, abogados, personal policial afectado a cárceles, operadores penitenciarios, integrantes de organizaciones de la sociedad civil), y abierto al público interesado en general.

7- Difundir ampliamente los resultados producidos por el trabajo del equipo académico a través de instancias de encuentro y debate, y de una publicación (libro) que compile las reflexiones realizadas. 

Miembros del equipo: 

Coordinadores:

Prof. Adj. Graciela Sapriza (FHCE)

Prof. Adj. Mariana Folle (FPsico)

Prof. Adj. Rafael Paternain (FCS)

Prof. Tit. Enrico Irrazábal (FPsico)

Integrantes: 

Prof. Adj. Sonia Mosquera (FPsico)

Asist. Flor de María Meza Tananta (FDer)

Asist. Mariana Risso (FPsico)

Asist. Fabiana Larrobla (FHCE)

Asist. Natalia Montealegre (FHCE)

Asist. Jimena Alonso (FHCE)

Ay. Serrana Mesa (FHCE)



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